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Actualizado el 12 de octubre de 2026

Normas del patinete eléctrico

Casco, seguro, registro, etiqueta y multas, con lo que dice el BOE. Toca cada señal y lo tienes explicado en pocas palabras.

Así tiene que ir tu patinete
M 1 2 3 4 5
  1. 1Luz blanca delante
  2. 2Placa metálica del certificado
  3. 3Timbre y dos frenos
  4. 4Luz roja detrás
  5. 5Etiqueta de la DGT, bajo la luz trasera

Y tú: casco abrochado siempre y, de noche, chaleco o prenda reflectante.

15 añosedad mínima para conducirlo
25 km/hlo máximo que puede correr
1 personanunca lleves a nadie contigo
200 €multa por ir sin casco

Lo que tienes que llevar

Las señales azules son obligaciones. Toca cada una para ver qué pide la ley, desde cuándo y cuánto es la multa.

Casco Siempre y abrochado, en cualquier calle. 200 €GraveVer más
Qué tienes que hacer
Llevar casco siempre que conduzcas el patinete, por cualquier calle o camino, y bien abrochado. Tiene que ser homologado o certificado: sirve un casco de bici o de patinete con su etiqueta de certificación.
Desde cuándo
Desde el 1 de octubre de 2026, en toda España. Ya no depende de tu ayuntamiento.
Si no lo llevas
200 €, infracción grave. El agente puede dejar el patinete inmovilizado hasta que tengas casco.

Ojo con la indemnización. Si tienes un accidente sin casco y la lesión de cabeza es peor por no llevarlo, la aseguradora puede pagarte hasta un 75 % menos.

Lo dice: Reglamento General de Circulación, art. 118.3 · Ley de Tráfico, arts. 76 h) y 104.1 c) · Ley del seguro del automóvil, art. 1.2.

Reflectante de noche Chaleco o prenda que se vea a 150 metros. 200 €GraveVer más
Qué tienes que hacer
Llevar puesta al menos una prenda reflectante o una luz que se vea desde 150 metros. Lo más fácil es un chaleco reflectante.
Cuándo
De noche, desde que se pone el sol hasta que sale. También con niebla, lluvia fuerte o poca visibilidad.
Desde cuándo
Desde el 1 de octubre de 2026.
Si no lo llevas
200 €, infracción grave.

Lo dice: Reglamento General de Circulación, art. 118.3 · Dirección General de Tráfico.

Luces encendidas Blanca delante y roja detrás. 200 €GraveVer más
Qué tienes que hacer
Llevar encendidas las luces del patinete: blanca delante y roja detrás. Además tiene que tener catadióptricos.
De noche
Obligatorio ya. Sin luces: 200 €, infracción grave.
De día
El reglamento obliga a llevarlas siempre encendidas, también de día. Esa parte se exige desde el 1 de octubre de 2027.

Lo dice: Reglamento General de Circulación, art. 155.5 · Real Decreto 518/2026, disposición transitoria 3.ª · Ley de Tráfico, art. 76 e).

Seguro Obligatorio desde enero de 2026. 200 a 1.000 €Y depósitoVer más
Qué cubre
Los daños que tú causes a otros: a un peatón al que atropelles o a un coche que golpees. No paga tus propias lesiones.
Desde cuándo
La ley lo hizo obligatorio el 2 de enero de 2026. Se puede contratar desde el 30 de enero de 2026, cuando la DGT abrió el registro.
Cómo se contrata
Primero registras el patinete en la DGT. Con el certificado de registro, contratas el seguro en cualquier aseguradora.
Lo mínimo que cubre
6.450.000 € por daños a personas y 1.300.000 € por daños en cosas, en cada accidente.
Si no lo tienes
Patinete normal: multa de 200 € a 1.000 €. Patinete pesado, de más de 25 kg que pasa de 14 km/h: de 601 € a 3.005 €. Además pueden llevarse el patinete al depósito hasta que lo asegures.

Si atropellas a alguien sin seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros paga sus lesiones y después te reclama ese dinero a ti.

Lo dice: Ley 5/2025, disposición adicional 1.ª · Ley del seguro del automóvil (Real Decreto Legislativo 8/2004), arts. 1 bis, 3 y 11.

Registro y etiqueta Como una matrícula pequeña. 8,67 €Tasa DGTVer más
Qué tienes que hacer
Inscribir el patinete en la DGT y pegarle la etiqueta con su número. Sin registro no te pueden hacer el seguro.
Cómo se registra
Por internet, en la sede electrónica de la DGT o en la app miDGT, con Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital. También en Tráfico, con cita previa. La tasa cuesta 8,67 €.
Qué te dan
Un certificado en PDF con el número de tu patinete: una M, 4 números y 3 letras.
La etiqueta
Con el certificado vas a un sitio que hace matrículas y te imprimen la pegatina. Va detrás, debajo de la luz trasera.
Si eres menor
Lo tramita tu padre, tu madre o tu tutor.

Lo dice: Real Decreto 52/2026 (Reglamento General de Vehículos, art. 22 bis y anexo XX) · Sede electrónica de la DGT.

Placa del certificado La pone el fabricante. Compruébala. Sin placa: hasta 2027Ver más
Qué es
Una placa metálica negra, remachada al patinete, con la velocidad máxima, el número de serie y el número de certificado. Demuestra que el modelo cumple los requisitos de la DGT.
Patinetes nuevos
Los vendidos desde el 22 de enero de 2024 tienen que traerla de fábrica. Antes de comprar, comprueba que el modelo está certificado por la DGT.
Si el tuyo no la tiene
Si lo compraste antes del 22 de enero de 2024, puedes registrarlo y asegurarlo igual, pero solo podrá circular hasta el 22 de enero de 2027.

Lo dice: Real Decreto 52/2026, art. 22 bis, anexo XXI y disposición transitoria 1.ª.

15 años o más Los menores de 15 no pueden conducirlo. Desde 1-10-2026Ver más
Qué dice la norma
Nadie menor de 15 años puede conducir un patinete eléctrico.
Desde cuándo
Desde el 1 de octubre de 2026, en toda España.
Si el que conduce es menor de edad
Sus padres o tutores pagan la multa junto con él. Y con el alcohol, su límite es cero.

Lo dice: Reglamento General de Circulación, art. 155.3 · Ley de Tráfico, arts. 14.1 y 82 b).

Si trabajas con él Repartidores: chaleco siempre, de día y de noche. 200 €GraveVer más
Qué tienes que hacer
Si repartes o trabajas con el patinete, llevar chaleco reflectante de alta visibilidad siempre, de día y de noche, en cualquier calle. Y casco, como todos.
Desde cuándo
Desde el 1 de octubre de 2026.
Si no lo llevas
200 € por el chaleco, infracción grave. Si además falta el casco, son otros 200 €.

Si tienes un accidente trabajando, además puede ser accidente laboral. Cuéntanoslo cuando nos escribas.

Lo dice: Reglamento General de Circulación, art. 118.4.

Lo que está prohibido

Las señales con el aro rojo son prohibiciones. Toca cada una para ver la multa y por dónde sí puedes ir.

Por la acera La acera es para los peatones. 200 €Según ayuntamientoVer más
Qué está prohibido
Circular por la acera con el patinete.
Por dónde sí
Por la calzada o por el carril bici, según lo que diga tu ayuntamiento. Por plazas y calles peatonales, solo si el ayuntamiento lo permite, y el peatón pasa siempre primero.
Multa
200 €, según el criterio de la DGT. Tu ayuntamiento puede fijar otra cantidad en su ordenanza.

Lo dice: Ley de Tráfico, art. 25.5 · Reglamento General de Circulación, arts. 152.1 y 155.

Carreteras y autovías Ni autovía, ni travesía, ni túnel. 200 €GraveVer más
Qué está prohibido
Ir por autopistas, autovías, travesías (la carretera que cruza un pueblo), túneles urbanos y, en general, por carretera.
Por dónde sí
Fuera de la ciudad, solo por carriles bici, vías ciclistas y caminos por donde no pasan coches, si no hay una señal que lo prohíba.
Multa
200 €, infracción grave.

Lo dice: Reglamento General de Circulación, art. 38.4 · Ley de Tráfico, art. 76 x).

Auriculares Ni siquiera en una sola oreja. 200 €GraveVer más
Qué está prohibido
Conducir con auriculares o cascos de música puestos, aunque sea en una sola oreja.
Multa
200 €, infracción grave.

Lo dice: Ley de Tráfico, arts. 13.3 y 76 f) · Reglamento General de Circulación, art. 18.2.

Móvil en la mano Ni llamar, ni escribir, ni el mapa. 200 €GraveVer más
Qué está prohibido
Usar el móvil con la mano mientras conduces: llamar, escribir o tocar el mapa. Si necesitas mirar algo, para primero.
Multa
200 €, infracción grave.

Lo dice: Ley de Tráfico, arts. 13.3 y 76 g).

Alcohol y drogas El mismo límite que con el coche. 500 a 1.000 €Muy graveVer más
Límite de alcohol
El mismo que con el coche: 0,25 miligramos por litro en el aire que soplas. Si eres menor de edad, cero.
Multa por alcohol
500 €, infracción muy grave. Son 1.000 € si pasas del doble del límite o si ya te multaron por alcohol el año anterior.
Drogas o negarte a la prueba
1.000 €, infracción muy grave.
Además
El patinete se queda inmovilizado.

Lo dice: Ley de Tráfico, arts. 14, 77 c) y d), 80.2 a) y 104.1 d).

Llevar a alguien El patinete es de una sola plaza. 100 €LeveVer más
Qué está prohibido
Ir dos personas en el patinete. Es de una sola plaza, así que tampoco puedes llevar a un niño.
Multa
100 €, infracción leve.

Lo dice: Ley 5/2025, disposición adicional 1.ª, y Real Decreto 52/2026 (una sola plaza) · Reglamento General de Circulación, art. 9.1, según el criterio de la DGT.

Saltarte un semáforo El patinete es un vehículo más. 200 €GraveVer más
Qué está prohibido
Pasar con el semáforo en rojo. Con el patinete respetas semáforos, señales y pasos de peatones igual que un coche.
Multa
200 €, infracción grave.

Lo dice: Ley de Tráfico, art. 76 k).

Trucarlo Más de 25 km/h ya no es un patinete. 500 €Muy graveVer más
Qué está prohibido
Trucar el patinete para que corra más, o usar uno que de fábrica pase de 25 km/h.
Por qué
Un aparato que pasa de 25 km/h no es un patinete legal. Para circular necesitaría homologación, matrícula, carné y seguro, como un ciclomotor.
Multa
500 €, infracción muy grave según la DGT. Además, el patinete se queda inmovilizado.

Si lo trucas y causas un accidente, el seguro paga a la víctima y luego puede reclamarte a ti todo lo que pagó.

Lo dice: Real Decreto 52/2026, anexo XXI (máximo 25 km/h) · Ley de Tráfico, art. 77 · Ley 5/2025, disposición adicional 1.ª, apartado 6 e).

¿Qué patinete tienes?

El peso y la velocidad cambian el seguro que necesitas. Elige las dos respuestas y te lo decimos.

¿Cuánto pesa?
¿Cuánto corre como máximo?

El peso y la velocidad máxima vienen en la ficha técnica. La velocidad también está en la placa metálica del patinete.

Tu patinete

Patinete normal

La ley lo llama vehículo personal ligero. Es el patinete de la mayoría de la gente.

  • Registro en la DGT y etiqueta
  • Seguro obligatorio de patinete
  • Casco, luces y, de noche, prenda reflectante

Sin seguro: multa de 200 € a 1.000 €.

Ponlo en regla en 4 pasos

En este orden. Sin el registro no te pueden hacer el seguro.

  1. Mira la placa

    Busca la placa metálica negra con el número de certificado. Si no la tiene y lo compraste antes del 22 de enero de 2024, podrás usarlo hasta el 22 de enero de 2027.

    Ejemplo
  2. Regístralo en la DGT

    En la sede electrónica de la DGT o en la app miDGT, con Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital. Necesitas la ficha técnica y una foto de la placa. La tasa son 8,67 €. Te llega un certificado en PDF con tu número.

    Ir al trámite de la DGT
  3. Pega la etiqueta

    Con el certificado, pide la etiqueta en un sitio que haga matrículas. Pégala detrás, debajo de la luz trasera.

    Ejemplo
  4. Contrata el seguro

    Con el certificado de registro, en cualquier aseguradora. Guarda la póliza en el móvil por si la necesitas.

Y cada vez que salgas: casco abrochado, luces encendidas y, de noche, el chaleco.

Fechas que tienes que saber

Lo que ya está en vigor y lo que llega.

  1. 2 ene 2026En vigor

    El seguro del patinete pasa a ser obligatorio por ley.

  2. 30 ene 2026En vigor

    Abre el registro de patinetes de la DGT. Ya se puede registrar y asegurar.

  3. 1 oct 2026En vigor

    Casco obligatorio, edad mínima de 15 años, reflectante de noche y chaleco para repartidores.

  4. 22 ene 2027Próximamente

    Los patinetes sin certificado dejan de poder circular.

  5. 1 oct 2027Próximamente

    Luces encendidas también de día.

Cuánto cuestan las multas

De la más cara a la más barata. Las leves son de hasta 100 €, las graves de 200 € y las muy graves de 500 € o más.

  • Sin seguro, patinete pesadoMás de 25 kg y pasa de 14 km/hLey del seguro601 a 3.005 €
  • Sin seguro, patinete normalY te lo pueden llevar al depósitoLey del seguro200 a 1.000 €
  • Drogas, o negarte a la pruebaMuy grave1.000 €
  • Alcohol1.000 € si pasas del doble o repites en un añoMuy grave500 €
  • Patinete trucado o de más de 25 km/hMuy grave500 €
  • Sin cascoGrave200 €
  • Sin prenda reflectante de nocheGrave200 €
  • Repartidor sin chalecoGrave200 €
  • Sin luces de nocheGrave200 €
  • Con auricularesGrave200 €
  • Con el móvil en la manoGrave200 €
  • Saltarte un semáforo en rojoGrave200 €
  • Por autovía, carretera, travesía o túnelGrave200 €
  • Por la aceraTu ayuntamiento puede fijar otra cantidadSegún ayuntamiento200 €
  • Llevar a otra personaLeve100 €

Si pagas pronto, la mitad

Si pagas en los 20 días siguientes a recibir la multa, te descuentan el 50 %. A cambio, renuncias a presentar alegaciones.

No te quitan puntos

El patinete no necesita carné, así que estas multas no te quitan puntos del carné de conducir.

Si eres menor de edad

Tus padres o tutores responden de la multa contigo.

¿Has tenido un accidente en patinete?

Estas normas también cuentan cuando reclamas una indemnización. Esto es lo primero que tienes que saber.

Te ha golpeado un coche o una moto

Te paga su aseguradora, igual que a un ciclista o a un peatón. También si tu patinete no tenía seguro.

No llevabas casco

Puedes reclamar igual. Si la lesión de cabeza es peor por no llevarlo, te pueden rebajar la indemnización hasta un 75 %.

El culpable huyó o no tenía seguro

Responde el Consorcio de Compensación de Seguros. Denuncia cuanto antes y busca testigos.

Te caíste por un bache o una obra

Se puede reclamar al ayuntamiento o a quien cuide esa calle. Haz fotos del sitio ese mismo día.

Preguntas frecuentes

¿Necesito carné para ir en patinete?

No. Y las multas que te pongan con el patinete no te quitan puntos del carné de conducir.

¿A qué velocidad puedo ir?

Como mucho a 25 km/h, que es el máximo de fábrica de un patinete legal. Además, respeta la velocidad de la calle y las normas de tu ayuntamiento.

¿El seguro del patinete me paga si me caigo yo?

No. El seguro obligatorio solo paga los daños que causas a otros. Tus lesiones se reclaman al culpable del accidente. Si quieres cubrirte también tú, puedes contratar aparte un seguro de accidentes.

Uso un patinete de alquiler, ¿tengo que asegurarlo?

No. El seguro lo contrata la empresa, que es la dueña del patinete. El casco, las luces y el resto de normas sí te tocan a ti.

¿Puede mi ayuntamiento quitar la obligación del casco?

No. Desde el 1 de octubre de 2026 es una norma de toda España, y las ordenanzas municipales no pueden ir en contra del Reglamento General de Circulación.

Tengo un patinete antiguo sin placa, ¿qué hago?

Si lo compraste antes del 22 de enero de 2024, regístralo en la DGT y asegúralo. Podrás usarlo hasta el 22 de enero de 2027. Después ya no podrá circular.

¿Cuánto cuesta registrar el patinete?

La tasa de la DGT es de 8,67 €. Aparte pagas la etiqueta en el sitio donde te la impriman y el seguro.

De dónde sale esta información

Información general sobre la normativa estatal. Tu ayuntamiento puede añadir normas propias sobre por dónde circular y a qué velocidad. Para tu caso concreto, consúltanos.

Revisado por Enrique Romera, abogado colegiado n.º 2.049 del Ilustre Colegio de Abogados de Almería, en ejercicio desde 1996. Actualizado el 12 de octubre de 2026.

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